La ley hipotecaria de 2019 es muy útil en el contexto económico actual

La ley hipotecaria aprobada en 2019, que en su momento se presentó como ventajosa para los consumidores de nuevas hipotecas si eran personas físicas, merece un análisis en profundidad actualizado.

Dicha ley planteaba, entre otras, la distribución de las costas de formalización y que el banco se hiciera cargo del impuesto de los Actos Jurídicos Documentados (AJD). Con la curva de tipos de interés subiendo a un ritmo frenético, esta ley ofrece una oportunidad que hace unos años no era tan rentable: cambiar de entidad bancaria. La fidelidad a un banco, que antes era más necesaria, ahora puede no serlo.

Me explico:

Si hace 10 años se realizaba una hipoteca de 200.000 € y se quería cambiar de banco la hipoteca, era necesario hacer frente a costes como la tasación y la comisión por cancelación anticipada, entre otros. Además, al igual que ahora, era necesario formalizar la hipoteca en el nuevo banco.

Hoy en día muchas entidades ofrecen la tasación gratuíta y unas costas de formalización que se pagan a medias en muchos casos. Pero lo que es realmente relevante es la eliminación del pago del impuesto del AJD por parte del cliente, el impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, que supone el 1,5% del valor de la responsabilidad hipotecaria en algunas zonas del territorio español.
Un claro ejemplo de lo que comento: sin tener en cuenta que la responsabilidad hipotecaria es mayor al montante que se debe, para una hipoteca de 200.000€ el pago por AJD era de 3.000€ más que en la actualidad para el consumidor final.

Para terminar, el quid de la cuestión. En un entorno de tipos de interés al alza, si una hipoteca está actualmente a tipo variable y se quiere buscar una hipoteca a tipo fijo más económica, tiene sentido cambiar de entidad, especialmente sabiendo que, si en 5 años los tipos de interés bajan, podremos volver a tipo variable sin estar obligados al pago del impuesto de AJD como gasto añadido.